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Preguntas frecuentes

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¿Qué regula la Ley de Transparencia?

La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTBG) prevé qué información deben publicar las Administraciones Públicas para conocimiento de los ciudadanos, cómo pueden pedir los ciudadanos información a las Administraciones y cuáles son las reglas de Buen Gobierno que deben respetar los responsables públicos, entre estas Administraciones Públicas está el Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona.

¿Qué es el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona y que contiene?

El Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona accesible en la dirección electrónica https://lapobladevallbona.transparencialocal.gob.es, es parte del servicio común proporcionado por la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (DTIC) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas llamado Portal de la Transparencia en Cloud amparado en el Acuerdo Marco Acuerdo Marco de Colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para promover y facilitar el desarrollo ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en las entidades locales al que está adherido el Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona en su fase II.

El Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona gestiona por completo los contenidos de este Portal, que incluyen la información de publicidad activa prevista en la Ley :

- Información organizativa

  • Funciones que se desarrollan en los organismos
  • Normativa de aplicación
  • Estructura: organigrama con identificación de los responsables de las unidades, su perfil y trayectoria profesional
  • Planes y programas anuales, objetivos, grado de cumplimiento y resultados

 

- Información de relevancia jurídica

  • Directrices, instrucciones, acuerdos, circulares, respuestas a consultas (que supongan una interpretación del Derecho o produzcan efectos jurídicos)
  • Anteproyectos de Leyes o de Decretos Legislativos
  • Proyectos de Reglamento
  • Memorias e Informes incluidos en los expedientes de elaboración de textos normativos
  • Documentos que deban ser sometidos a información pública

 

- Información de contenido económico 

  • Contratos
  • Convenios y encomiendas de gestión
  • Retribuciones de altos cargos
  • Subvenciones y ayudas públicas
  • Presupuestos
  • Cuentas anuales. Informes de auditoría de cuentas y de fiscalización
  • Resoluciones de la Oficina de Conflicto de Intereses que afectan a empleados públicos y altos cargos
  • Información estadística de grado de cumplimiento de los servicios públicos
  • Bienes inmuebles de propiedad municipal.
  • Así mismo contendrá la información que los ciudadanos soliciten con mayor frecuencia en ejercicio del derecho de acceso a la información pública y las resoluciones denegatorias del derecho de acceso, previamente anonimizadas.

 

El Portal no contiene información de Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Sociedades Estatales, Fundaciones y órganos Constitucionales. Estas entidades publicarán su información en sus respectivos portales web y sedes electrónicas.

¿Existe alguna restricción a la publicación de la información?

En efecto. Puede que la información no pueda publicarse porque afecte a cuestiones sensibles como la seguridad nacional, la defensa o la protección de datos personales. En estos casos, deberá comprobarse si, verdaderamente, la publicación afecta a los límites que la Ley prevé o, para el caso de los datos personales, si éstos pueden eliminarse del documento que se publique.

¿Qué ocurre si no encuentro información en el Portal?

En principio, la información más relevante para el ciudadano y de frecuente acceso estará disponible en el Portal de manera accesible, reutilizable e interoperable. Si el interesado necesita más información o necesita más detalle, entonces, se podrá acceder al servicio de solicitud de información pública que es un derecho regulado por la ley de transparencia y buen gobierno. Este servicio se encuentra disponible en el Portal.

¿Qué ocurre si no se cumple con las obligaciones de transparencia y no se publica la información?

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno velará por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley y el incumplimiento podrá dar lugar a procedimientos disciplinarios.

¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?Es el derecho de acceso a acceder a información pública en los términos previstos en la Constitución artículo 105.b), entendiéndose como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

¿Se puede pedir cualquier información?El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.Estos límites están tasados en la Ley y son los siguientes:

  • La seguridad nacional
  • La defensa
  • Las relaciones exteriores
  • La seguridad pública
  • La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios
  • La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva
  • Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control
  • Los intereses económicos y comerciales
  • La política económica y monetaria
  • El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial
  • La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión
  • La protección del medio ambiente

¿Cómo se aplican los límites?

El órgano al que se le solicita una información cuya publicación considera que puede perjudicar a alguno de los límites deberá valorar si, efectivamente, se produce un daño si se provee esa información.¿Por qué existe protección de datos personales?Si la información solicitada contuviera datos especialmente protegidos, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado

¿Qué es el acceso parcial?

En los casos en los que se solicite información en la que parte de la misma esté sometida a alguna causa de límite del derecho, se admitirá parcialmente la solicitud y se indicará al solicitante la información que ha sido omitida.

¿Qué puede hacer un ciudadano al que se le deniega información?

Puede presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, órgano independiente encargado de velar por el correcto cumplimiento de las disposiciones de la Ley.

¿Qué es el Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno?

El Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno es un organismo público previsto en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Está adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, actuando con autonomía y plena independencia en el cumplimiento de sus fines.El Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno tiene por finalidad promover la transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio de derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen gobierno.

¿Es el Consejo responsable del Portal de la Transparencia?

No. El consejo tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar. Actúa con autonomía y plena independencia en el cumplimiento de sus fines.

¿Cúal es la Política Privacidad?

De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se informa a los usuarios del Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona que la cumplimentación de cualquier formulario o la remisión de un correo electrónico implica la aceptación de la política de privacidad que aquí se detalla, así como la autorización al Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona para que trate los datos personales contenidos en ellos, en los términos y condiciones que aquí se indican.Los datos del Usuario se incluirán en un fichero titularidad del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona , declarado ante la Agencia Española de Protección de Datos.El Usuario autoriza al Ayuntmiento de La Pobla de Vallbona a utilizar los datos, con carácter único y exclusivo, para los fines previstos en los procedimientos o actuaciones de que se trate.El Usuario puede ejercitar en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo la oportuna solicitud por escrito a la siguiente dirección:

 

Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona

Calle Colón 93

La Pobla de Vallbona - 46185 (Valencia)

La solicitud debe incluir la petición que se hace al Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona , la dirección a efectos de notificaciones, la fecha y su firma, y los documentos acreditativos de la petición que formula, en caso de que proceda.El Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona presume que los datos han sido introducidos por su titular o por persona autorizada por éste y que son correctos y exactos.Corresponde al usuario la actualización de sus propios datos. El Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona no será responsable de su inexactitud si el usuario no comunica los cambios que hayan podido producirse (por ejemplo, cambio de dirección de correo electrónico).

Por la mera visita al Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona el usuario no facilita información personal alguna ni queda obligado a facilitarla.