Con carácter de adelantos de caja fija, la Alcaldía podrá autorizar, en virtud de resolución motivada, que se efectúan provisiones de fondos, a favor de los habilidades que propongo el tesorero, para atender los gastos que se relacionan a continuación:
- Reparaciones y conservación (material y pequeñas reparaciones).
- Material encomendero no inventariable (de oficina y otros).
- Atenciones protocolarias y representativas.
- Dietas, gastos de locomoción y otras indemnizaciones.
- Atenciones benéficas y asistenciales.
- Fiestas y Cultura. Cortejos Populares.
Y cualquier otra partida correspondiente al capítulo 2 no descrita anteriormente para atender gastos urgentes y/o necesarias y cuando no sea posible esperar para efectuar el gasto.
Esta imposibilidad se tendrá que acreditar en la solicitud subscrita por el regidor delegado correspondiente y con el visto bueno del regidor de Hacienda.